26 Mar Medidas extraordinarias ante la crisis sanitaria del COVID-19
- DERECHOS SOCIALES
- Moratoria en el pago de hipotecas para familias cuyos ingresos hayan disminuido / estén desemplead@s por el COVID-19. Trámite: Presentando una solicitud a la entidad financiera que haya concedido el préstamo, junto con documentos que acreditan la situación de vulnerabilidad (desempleo, últimos ingresos…)
- Un mes sin cortes de servicios de electricidad, gas natural ni agua para las familias más vulnerables. Se prorroga el plazo del pago de la deuda, habrá que abonarla con posterioridad, o según se acuerde con la empresa.
- Bono social hasta Septiembre: Electricidad, gas y agua. Se prorroga el bono social automáticamente hasta Septiembre para suministro eléctrico. Sí debe comunicarse que se es beneficiario del bono social a las suministradoras de agua y de gas natural.
- Cuidados:
- Reforzar Servicios Sociales para apoyar a las familias en las tareas de cuidados. Cada Comunidad Autónoma lo gestionará según prioridades, aún está por determinar cómo se materializará esta ayuda.
- Reforzar Ayuda A Domicilio para personas afectadas por el cierre de Centros de Día/ Sociales. En algunos casos se puede solicitar la reanudación de la Ayuda a Domicilio si fue suspendida a través de servicios sociales. También se pueden solicitar más horas del servicio a través de los servicios sociales.
- DISCAPACIDAD
- Uso de la vía pública personas con discapacidad: Las personas con discapacidad con alteraciones conductuales cuya situación se agrave por el confinamiento, podrán circular por la vía pública acompañadas y con las medidas de seguridad. Recomendable llevar certificado discapacidad
- Permiso de uso de la vía pública: Permisividad para circular en distintas circunstancias, entre las que se encuentra: Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. Desplazamientos individuales salvo que se acompañe a personas con discapacidad.
- EMPLEO
- Mecuida: Nuevo derecho del trabajador/a para que la empresa le facilite la reorganización de su trabajo o reducción de jornada para facilitar labores de cuidado sin sanción.
- Ampliación de protección para trabajadores/as afectados por un ERTE. Se tendrá derecho a la prestación por desempleo con independencia del periodo de cotización previo y se pondrá el contador a cero tras la prestación por desempleo disfrutada durante los ERTE por causas relacionadas con el Covid-19
- Prestación extraordinaria por cese de actividad o cuyos beneficios sean 75% menos que el trimestre anterior. Prestación para autónomos/as. Solicitud antes del 14 de Abril junto con documentación contable. Cuantía: 70% de la base de cotización. Durante el periodo de percepción de esta prestación no existirá obligación de cotizar.